Se han tomado medidas para combatir la Dermatosis Nodular Contagiosa
El Gobierno Vasco decidió el pasado jueves prohibir las ferias de ganado en una reunión con representantes de las Diputaciones de Gipuzkoa, Bizkaia y Álava. El Gobierno de Navarra también ha decidido la misma medida y en Iparralde también están en la misma situación.
La Dermatosis Nodular Contagiosa (DNC) es una enfermedad vírica emergente que afecta principalmente al ganado bovino. Se transmite principalmente por la picadura de insectos y produce nódulos en la piel, provocando fiebre y disminución productiva. Esta enfermedad se caracteriza por su gran capacidad de expansión y por causar graves daños a los animales e intercambios comerciales.
La evolución reciente de la situación epidemiológica en países y regiones cercanas, junto con la aparición de focos activos en territorio español, incrementa significativamente el riesgo sanitario en la Comunidad Autónoma Vasca, especialmente debido al intenso movimiento de animales y a la elevada concentración de explotaciones ganaderas en la Comunidad Autónoma.
Ante este escenario, y con el objetivo de aplicar medidas preventivas proporcionadas y coordinadas, resulta necesario suspender temporalmente las concentraciones ganaderas y reforzar el control de los movimientos de animales. No obstante, las Diputaciones Forales podrán autorizar con carácter excepcional la celebración de eventos con arraigo social y con la presencia de una única especie animal, excepto vacuno, organizadas de acuerdo con un plan sanitario de desinfección y desinsectación específico que deberá ser validado por el servicio de ganadería del Territorio Histórico.
Se ha establecido la obligación de desinfectar y desinsectar todos los vehículos de transporte ganadero que entren o salgan de la Comunidad Autónoma Vasca en las 24 horas anteriores al movimiento. Entre la documentación de acompañamiento de las partidas se exigirá el certificado de desinfección y desinsectación emitido por un centro autorizado, o bien, una declaración responsable de haber realizado la desinfección y desinsectación del medio de transporte y de los animales. Se verificará de forma específica que en la documentación de todos los movimientos de ganado con origen o destino a la Comunidad Autónoma Vasca se indique de forma expresa el ATES (Código de Autorización de Transporte de Animales Vivos) del transportista.
